¿A QUIÉNES ATENDEMOS?

El hospital de Emergencias Villa El Salvador es un establecimiento de salud del Minsa creado para atender principalmente a los asegurados al SIS (Seguro Integral de Salud ) cuya población se encuentra en nuestra jurisdicción (Lima sur) y que son correctamente referidos por alguna complicación desde sus puestos, centros o maternos asignados.

Además, brinda atención a los pacientes referidos adecuadamente de otros establecimientos de salud, tanto de Lima como de provincias, previa coordinación para asegurar una atención oportuna y adecuada para la recuperación del paciente.

Adicionalmente, podemos brindar atención a los usuarios que tengan otros seguros y que cumplan con ciertas condiciones:

  • Pacientes SIS: Se atienden de manera gratuita en cualquiera de nuestros servicios.
  • Pacientes sin seguro: Se consideran pacientes particulares que deberán asumir los costos de sus atenciones.
  • Pacientes con otros seguros: Se consideran pacientes particulares que tienen otros planes o coberturas con otras instituciones como EsSalud, SaludPol (de la policía), seguro de las Fuerzas Armadas, SOAT, AFOCAT, EPS (Rímac, Pacífico, Mapfre, Sanitas, La Positiva), o cualquier otro tipo de seguro privado como el de clínicas, etc. Estos solo podrán ser atendidos si existe autorización previa de sus aseguradoras o se traten de casos de emergencia.

TIPOS DE SERVICIOS

El hospital brinda dos tipos de atenciones diferenciadas dirigidas a los pacientes:

  • Atenciones de Emergencia: para casos de pacientes graves que requieren una atención inmediata.
  • Atenciones por consultorios externos: para pacientes REFERIDOS de otros establecimientos de salud del primer nivel (postas, centros de salud, maternos infantiles) del Ministerio de Salud, para la atención por algún tipo de especialidad o intervención de mayor complejidad.

Además, dependiendo del tipo de atención o necesidad de cada paciente se brindan servicios de hospitalización, cirugías, partos, rehabilitación, apoyo al diagnóstico, entre otros servicios que ayudan a la recuperación del paciente.

ATENCIÓN DE EMERGENCIA

Las atenciones de Emergencia están dirigidas a personas cuya vida se encuentra en inminente peligro, y es necesaria la atención inmediata. Existen diferencias en la clasificación de las emergencias y las urgencias, lo que impacta en los tiempos de espera, así como la cobertura y pagos a realizar.

La Ley de emergencia establece que cualquier persona, sin importar el tipo de seguro, condición u otro aspecto, debe ser atendida con la finalidad de salvarle la vida. En estos casos no se debe condicionar la atención de ninguna manera y de existir procesos de cobros o pagos a realizar por el paciente se deben gestionar posterior a la atención.

Las atenciones de emergencia se dan por prioridades y no por orden de llegada, es por ello que es necesario que las personas tengan presente esta información:

SOBRE LA ATENCIÓN Y PAGOS EN EMERGENCIA

PRIORIDADES I Y II:
TODOS los pacientes, sin importar su tipo de seguro, serán atendidos en caso de situaciones que pongan en riesgo su vida (Ley de Emergencia). Luego de la atención se procederá al cobro por los servicios prestados (según cada tipo de seguro).

PRIORIDADES III Y IV:
Los pacientes SIS podrán acceder a la atención, según tiempos de espera y tipo de cobertura. Los pacientes con otro tipo de seguro (particulares) deberán decidir si continúan con la atención en este hospital, para lo cual deberán pagar por adelantado, ya que no se trata de casos de emergencia.

ATENCIÓN POR CONSULTORIOS

El hospital brinda servicios y especialidades médicas a pacientes REFERIDOS de los establecimientos de salud del primer nivel de atención del Ministerio de Salud (postas de salud, centros de salud y centros materno infantiles). Estos pacientes deben haber sido ingresados al sistema REFCON de manera obligatoria por sus establecimientos, de lo contrario no se podrá brindar la cita de atención.

Aprende como tramitar una cita

PACIENTES NUEVOS:
Los pacientes que se atenderán por primera vez en nuestro hospital, deben acudir primero a su posta, centro de salud o materno infantil, donde lo evaluará el médico y determinará si ameritan ser tratados por un especialista. De ser así, los ingresarán al sistema REFCON, que es un aplicativo que permite solicitar la referencia a nuestro hospital de manera virtual. El establecimiento de salud es el único responsable de hacer seguimiento y comunicar al paciente el estado de la referencia, así como la fecha y hora de la cita en caso sea aceptada.

PACIENTES CONTINUADORES:
Los pacientes que ya se vienen atendiendo en nuestro hospital y que tienen interconsultas en otros servicios o especialidades, no deberán realizar ningún trámite adicional, ya que su médico generará la solicitud y nuestra área de admisión entregrá la cita de acuerdo a la lista de espera del sistema. El paciente solo deberá acercarse a admisión si el médico le ha indicado: exámenes de laboratorio, exámenes de imagenes (rayos X, ecografías, etc), orden para procedimiento médico o citas "adicionales".




PROCESO DE ATENCIÓN EN NUESTROS CONSULTORIOS:

ACCIDENTES DE TRÁNSITO

Las personas que hayan sufrido un accidente de tránsito deberán acudir a nuestro servicio de emergencia trasladados por la policía, ambulancia, un tercero o un familiar, según las circunstancias en las que haya ocurrido el accidente y según el estado del paciente.

El paciente será ingresado al área de triaje donde será evaluado y se le establecerá una prioridad de atención. De tratarse de casos graves, serán atendidos de manera inmediata sin mediar documento u otro requisito previo para la atención. De no ser casos de emergencia, se procederá a la atención previa presentación de requisitos y según los tiempos de espera informados por prioridad.

Debido a la norma que establece que todos los vehículos deben contar con un seguro contra accidentes de tránsito, se debe tramitar la cobertura indicada, para lo cual la persona responsable del paciente debe acercarse al área de SOAT de emergencia donde se le informará sobre el procedimiento a seguir.

¿CÓMO ACTUAR EN CASO DE CASOS DE ACCIDENTES?

REQUISITOS A PRESENTAR
Paralelo a la atención del paciente, se deben presentar los siguientes requisitos para tramitar la cobertura contra accidentes de tránsito:

  • Póliza de seguro (SOAT o CAT)
  • Licencia de conducir
  • Tarjeta de propiedad
  • Denuncia (se tramita con la policía en 6 horas) esto no excluye que el paciente este siendo atendido

Ojo: En caso de que el vehículo que ocasiona el accidente se da a la fuga, el paciente recibirá atención con otro fondo de salud que cubre 5UITs.


TIPOS DE SEGURO CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO:
En Lima por lo general se tienen dos tipos de seguros, mismos que sirven para la cobertura de la atención de personas afectadas en accidentes vehiculares.

SOAT (Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito):

El SOAT es un seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.

CARACTERÍSTICAS

  • Cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, sin importar la causa del accidente.
  • No tiene límite el número de personas que pueden ser afectadas.
  • Las sumas aseguradas no se reducen con la ocurrencia de los accidentes.
  • No se necesita pronunciamiento de autoridad alguna para atender a las víctimas.
  • Todos los vehículos automotores que circulen por el territorio nacional deben contar con el SOAT.
  • El pago de las respectivas indemnizaciones se hará sin ninguna investigación respecto a la responsabilidad en el accidente.

¿QUÉ PASA SI LA COBERTURA SOAT TERMINA?

Si la cobertura del paciente a través del SOAT termina, pueden darse dos situaciones:

  1. Si el paciente tiene SIS, continuará siendo atendido bajo dicho seguro.
  2. Si el paciente tiene otro seguro: El hospital realizará el trámite correspondiente para que el paciente sea trasladado a un establecimiento de su red de atención (EsSalud, Policía, clínicas, etc.), pudiendo continuarse la atención en el hospital, si el paciente asume todos los gastos que correspondan.

¿LUEGO DE SALIR DE EMERGENCIA, CUÁNTAS CONSULTAS AMBULATORIAS SE PUEDEN BRINDAR?

Las consultas ambulatorias pueden ser todas las que el especialista de salud requiera, siempre y cuando estén dentro del tope de cobertura.

¿SI ME ESTÁN ATENDIENDO EN UNA CLÍNICA PUEDO PEDIR MI TRASLADO AL HOSPITAL?

Los familiares pueden solicitar el traslado del paciente, para lo cual se deberá realizar a través de las oficinas de referencias tanto del establecimiento de origen como del establecimiento de destino.



AFOCAT (Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales Contra Accidentes de Tránsito):

Son asociaciones organizadas por los propios transportistas para la cobertura de los accidentes de tránsito. Cuenta con autorización y vigilancia de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

¿QUÉ ES EL CAT?

Es el Documento denominado “Certificado contra Accidentes de Tránsito” que garantiza la cobertura de las atenciones producto de los accidentes de tránsito. Lo expiden las AFOCAT debidamente autorizadas.

¿QUÉ HACER EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO SI TENGO CAT?

Trasladar a los heridos al hospital o clínica más cercana y presentar los siguientes documentos:

  • DNI
  • Licencia de Conducir
  • CAT
  • Asentar la Denuncia Policial

¿CÓMO SE EFECTÚA EL PAGO DE LOS GASTOS MÉDICOS?

Se pueden optar por dos modalidades:

  • Mediante la emisión directa de una CARTA DE GARANTÍA de la AFOCAT hacia el hospital.
  • POR REEMBOLSO, cuando el paciente o su familia hayan asumido directamente los gastos, la AFOCAT le reembolsará previa presentación de los documentos por los gastos médicos efectuados.

SEGURO INTEGRAL DE SALUD - SIS

El Seguro Integral de Salud (SIS) ofrece cobertura integral sin costo alguno a personas y familias identificadas en condiciones de vulnerabilidad, entre ellas a la población calificada como pobre o pobre extremo. Asimismo, tienen acceso a este seguro los menores de 5 años, gestantes, bomberos, personas en situación de abandono y otros de acuerdo a ley.

TIPOS DE SEGURO
El SIS tiene 5 tipos se seguro, algunos de los cuales tienen diferente tipo de cobertura:


¿CÓMO PUEDO SABER SI YA ESTOY AFILIADO AL SIS O VERIFICAR EL ESTADO DE MI AFILIACIÓN?

  1. Ingresa a www.sis.gob.pe
  2. Dale clic en: “Consulta de Asegurado”
  3. Selecciona búsqueda por DNI o Datos Personales.
  4. Ingresa los datos de acuerdo a la selección
  5. Verifica la información consultada.

También puedes llamar a la línea gratuita a nivel nacional 113 SALUD o al 01-5145555 anexo 1.

PASOS PARA AFILIARSE

  • Todos los trámites deben realizarse en las oficinas del SIS o en los MAC autorizados
  • El encargado verificará si cumple con los requisitos
  • Si cumple con los requisitos será afiliado inmediatamente.

OJO: las personas podrán solicitar una evaluación socioeconómica en la Municipalidad correspondiente para acceder al SIS Gratuito.

SERVICIOS ADICIONALES PARA LOS ASEGURADOS SIS

  • Atención de Enfermedades de Alto Costo, y Enfermedades Raras o Huérfanas
  • Afiliaciones inmediatas a Recién Nacidos
  • Afiliaciones en casos de Emergencia
  • Prestaciones por gastos de Sepelio
  • Otros servicios administrativos y prestacionales

COBERTURAS

El SIS ofrece una cobertura financiera total en salud, sin costo alguno, siendo las únicas excepciones las atenciones que cuenten con otra fuente de financiamiento (por ejemplo SOAT), atención fuera del territorio e intervenciones médicas con fines estéticos. La cobertura brindada comprende la atención para más de 1400 enfermedades y medicamentos, siempre y cuando estos se encuentren contemplados en el PEAS – Plan Esencial de Aseguramiento en Salud:

  • Atenciones médicas
  • Medicamentos
  • Intervenciones quirúrgicas
  • Hospitalización
  • Análisis de laboratorio
  • Traslado en situaciones de emergencia
  • Subsidio por sepelio (hasta S/1000)

ATENCIONES COVID

Si el afiliado al SIS es diagnosticado con Coronavirus COVID-19, su atención es cubierta en su totalidad por el SIS en sus cinco planes de seguro. La cobertura incluye:

  • Prueba de descarte COVID19
  • Atención Médica
  • Tratamiento médico
  • Unidad de cuidados intensivos
  • Hospitalización

EN CASO DE FALLECIMIENTO POR COVID

Para cremación cubre:

  • Ataúd
  • Bolsa hermética para la disposición de los cadáveres hasta el lugar de la cremación
  • Traslado al crematorio
  • Cremación
  • Urna

Una vez que la familia acepta el servicio de cremación financiado por el SIS (mediante llamada telefónica), deberán comunicarse directamente con la empresa que brinda el servicio para coordinar la fecha y hora del recojo de las cenizas. El hospital no interviene en este proceso, únicamente se encarga de los pagos por el servicio brindado. Asimismo, no se hace responsable por otras condiciones o acuerdos adicionales entre la empresa de cremación y la familia.

Para inhumación cubre:

  • Ataúd
  • Bolsa hermética para la disposición de los cadáveres hasta el lugar de la exhumación
  • Traslado al cementerio
  • Nicho

Una vez que la familia acepta el servicio de inhumación financiado por el SIS (mediante llamada telefónica), se mantendrán en comunicación con el área de seguros del hospital, hasta determinar la empresa que brindará el servicio, así como la disponibilidad de nichos, fechas y horarios para el entierro, los mismos que se darán en respeto a las restricciones publicadas. De existir retrasos por falta de nicho, condiciones u otros, el hospital se encargará de la preservación del cadáver hasta que se realice el traslado para efectivizar el servicio.

Inhumación particular:

Si la familia decide realizar el proceso de inhumación (entierro) de manera particular, debe comunicarlo y autorizarlo vía telefónica, ante lo cual renuncia voluntariamente a la gratuidad del servicio y se hará cargo de la totalidad del servicio y coordinaciones con la empresa que ellos decidan. Para ello, deberán retirar el cadáver en 24 horas.