El hospital de Emergencias Villa El Salvador es un establecimiento de salud del Minsa creado para atender principalmente a los asegurados al SIS (Seguro Integral de Salud ) cuya población se encuentra en nuestra jurisdicción (Lima sur) y que son correctamente referidos por alguna complicación desde sus puestos, centros o maternos asignados.
Además, brinda atención a los pacientes referidos adecuadamente de otros establecimientos de salud, tanto de Lima como de provincias, previa coordinación para asegurar una atención oportuna y adecuada para la recuperación del paciente.
Adicionalmente, podemos brindar atención a los usuarios que tengan otros seguros y que cumplan con ciertas condiciones:
El hospital brinda dos tipos de atenciones diferenciadas dirigidas a los pacientes:
Además, dependiendo del tipo de atención o necesidad de cada paciente se brindan servicios de hospitalización, cirugías, partos, rehabilitación, apoyo al diagnóstico, entre otros servicios que ayudan a la recuperación del paciente.
Las atenciones de Emergencia están dirigidas a personas cuya vida se encuentra en inminente peligro, y es necesaria la atención inmediata. Existen diferencias en la clasificación de las emergencias y las urgencias, lo que impacta en los tiempos de espera, así como la cobertura y pagos a realizar.
La Ley de emergencia establece que cualquier persona, sin importar el tipo de seguro, condición u otro aspecto, debe ser atendida con la finalidad de salvarle la vida. En estos casos no se debe condicionar la atención de ninguna manera y de existir procesos de cobros o pagos a realizar por el paciente se deben gestionar posterior a la atención.
Las atenciones de emergencia se dan por prioridades y no por orden de llegada, es por ello que es necesario que las personas tengan presente esta información:
SOBRE LA ATENCIÓN Y PAGOS EN EMERGENCIA
PRIORIDADES I Y II:
TODOS los pacientes, sin importar su tipo de seguro, serán atendidos en caso de situaciones que pongan en riesgo su vida (Ley de Emergencia). Luego de la atención se procederá al cobro por los servicios prestados (según cada tipo de seguro).
PRIORIDADES III Y IV:
Los pacientes SIS podrán acceder a la atención, según tiempos de espera y tipo de cobertura. Los pacientes con otro tipo de seguro (particulares) deberán decidir si continúan con la atención en este hospital, para lo cual deberán pagar por adelantado, ya que no se trata de casos de emergencia.
El hospital brinda servicios y especialidades médicas a pacientes REFERIDOS de los establecimientos de salud del primer nivel de atención del Ministerio de Salud (postas de salud, centros de salud y centros materno infantiles). Estos pacientes deben haber sido ingresados al sistema REFCON de manera obligatoria por sus establecimientos, de lo contrario no se podrá brindar la cita de atención.
Aprende como tramitar una cita |
PACIENTES NUEVOS: PACIENTES CONTINUADORES: |
PROCESO DE ATENCIÓN EN NUESTROS CONSULTORIOS:
Las personas que hayan sufrido un accidente de tránsito deberán acudir a nuestro servicio de emergencia trasladados por la policía, ambulancia, un tercero o un familiar, según las circunstancias en las que haya ocurrido el accidente y según el estado del paciente.
El paciente será ingresado al área de triaje donde será evaluado y se le establecerá una prioridad de atención. De tratarse de casos graves, serán atendidos de manera inmediata sin mediar documento u otro requisito previo para la atención. De no ser casos de emergencia, se procederá a la atención previa presentación de requisitos y según los tiempos de espera informados por prioridad.
Debido a la norma que establece que todos los vehículos deben contar con un seguro contra accidentes de tránsito, se debe tramitar la cobertura indicada, para lo cual la persona responsable del paciente debe acercarse al área de SOAT de emergencia donde se le informará sobre el procedimiento a seguir.
¿CÓMO ACTUAR EN CASO DE CASOS DE ACCIDENTES? |
REQUISITOS A PRESENTAR
Ojo: En caso de que el vehículo que ocasiona el accidente se da a la fuga, el paciente recibirá atención con otro fondo de salud que cubre 5UITs. |
TIPOS DE SEGURO CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO:
En Lima por lo general se tienen dos tipos de seguros, mismos que sirven para la cobertura de la atención de personas afectadas en accidentes vehiculares.
SOAT (Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito):
El SOAT es un seguro obligatorio establecido por Ley con un fin netamente social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.
CARACTERÍSTICAS
¿QUÉ PASA SI LA COBERTURA SOAT TERMINA?
Si la cobertura del paciente a través del SOAT termina, pueden darse dos situaciones:
¿LUEGO DE SALIR DE EMERGENCIA, CUÁNTAS CONSULTAS AMBULATORIAS SE PUEDEN BRINDAR?
Las consultas ambulatorias pueden ser todas las que el especialista de salud requiera, siempre y cuando estén dentro del tope de cobertura.
¿SI ME ESTÁN ATENDIENDO EN UNA CLÍNICA PUEDO PEDIR MI TRASLADO AL HOSPITAL?
Los familiares pueden solicitar el traslado del paciente, para lo cual se deberá realizar a través de las oficinas de referencias tanto del establecimiento de origen como del establecimiento de destino.
AFOCAT (Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales Contra Accidentes de Tránsito):
Son asociaciones organizadas por los propios transportistas para la cobertura de los accidentes de tránsito. Cuenta con autorización y vigilancia de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
¿QUÉ ES EL CAT?
Es el Documento denominado “Certificado contra Accidentes de Tránsito” que garantiza la cobertura de las atenciones producto de los accidentes de tránsito. Lo expiden las AFOCAT debidamente autorizadas.
¿QUÉ HACER EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO SI TENGO CAT?
Trasladar a los heridos al hospital o clínica más cercana y presentar los siguientes documentos:
¿CÓMO SE EFECTÚA EL PAGO DE LOS GASTOS MÉDICOS?
Se pueden optar por dos modalidades:
El Seguro Integral de Salud (SIS) ofrece cobertura integral sin costo alguno a personas y familias identificadas en condiciones de vulnerabilidad, entre ellas a la población calificada como pobre o pobre extremo. Asimismo, tienen acceso a este seguro los menores de 5 años, gestantes, bomberos, personas en situación de abandono y otros de acuerdo a ley.
TIPOS DE SEGURO
El SIS tiene 5 tipos se seguro, algunos de los cuales tienen diferente tipo de cobertura:
¿CÓMO PUEDO SABER SI YA ESTOY AFILIADO AL SIS O VERIFICAR EL ESTADO DE MI AFILIACIÓN?
También puedes llamar a la línea gratuita a nivel nacional 113 SALUD o al 01-5145555 anexo 1.
PASOS PARA AFILIARSE
OJO: las personas podrán solicitar una evaluación socioeconómica en la Municipalidad correspondiente para acceder al SIS Gratuito.
SERVICIOS ADICIONALES PARA LOS ASEGURADOS SIS
COBERTURAS
El SIS ofrece una cobertura financiera total en salud, sin costo alguno, siendo las únicas excepciones las atenciones que cuenten con otra fuente de financiamiento (por ejemplo SOAT), atención fuera del territorio e intervenciones médicas con fines estéticos. La cobertura brindada comprende la atención para más de 1400 enfermedades y medicamentos, siempre y cuando estos se encuentren contemplados en el PEAS – Plan Esencial de Aseguramiento en Salud:
ATENCIONES COVID
Si el afiliado al SIS es diagnosticado con Coronavirus COVID-19, su atención es cubierta en su totalidad por el SIS en sus cinco planes de seguro. La cobertura incluye:
EN CASO DE FALLECIMIENTO POR COVID
Para cremación cubre:
Una vez que la familia acepta el servicio de cremación financiado por el SIS (mediante llamada telefónica), deberán comunicarse directamente con la empresa que brinda el servicio para coordinar la fecha y hora del recojo de las cenizas. El hospital no interviene en este proceso, únicamente se encarga de los pagos por el servicio brindado. Asimismo, no se hace responsable por otras condiciones o acuerdos adicionales entre la empresa de cremación y la familia.
Para inhumación cubre:
Una vez que la familia acepta el servicio de inhumación financiado por el SIS (mediante llamada telefónica), se mantendrán en comunicación con el área de seguros del hospital, hasta determinar la empresa que brindará el servicio, así como la disponibilidad de nichos, fechas y horarios para el entierro, los mismos que se darán en respeto a las restricciones publicadas. De existir retrasos por falta de nicho, condiciones u otros, el hospital se encargará de la preservación del cadáver hasta que se realice el traslado para efectivizar el servicio.
Inhumación particular:
Si la familia decide realizar el proceso de inhumación (entierro) de manera particular, debe comunicarlo y autorizarlo vía telefónica, ante lo cual renuncia voluntariamente a la gratuidad del servicio y se hará cargo de la totalidad del servicio y coordinaciones con la empresa que ellos decidan. Para ello, deberán retirar el cadáver en 24 horas.